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Así serán las nuevas tasas de basuras en Arroyo de la Encomienda

Así serán las nuevas tasas de basuras en Arroyo de la Encomienda

El Ayuntamiento ha agotado los plazos para la entrada en vigor de esta tasa, impuesta por la Ley 7/2022 y que obliga a repercutir al ciudadano todo el coste de este servicio, prohibiendo a la administración asumir una parte

Laura Negro

Valladolid

Sábado, 19 de octubre 2024, 11:22

El Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda ha iniciado la tramitación de la nueva ordenanza fiscal que regulará la denominada tasa de basura, que incluye el pago por los servicios de recogida, transporte y tratamiento de los residuos domésticos y asimilables. Este documento se someterá a la aprobación del Pleno en su próxima sesión, tras meses de trabajo de las concejalías de Infraestructuras y Hacienda.

El equipo de Gobierno municipal ha agotado el plazo de tres años que impone la Ley 7/2022 para la entrada en vigor de esta nueva tasa que ya se aplica en otros municipios. «Esta norma obliga a los ayuntamientos a iniciar su aplicación en 2025 como máximo, directriz que a su vez viene impuesta por sendas directivas de la UE, ambas bajo el principio de que 'quien contamina paga'», indican desde el Ayuntamiento.

En concreto, la nueva legislación nacional y europea obliga a las entidades locales a la creación de una tasa específica que permita implantar sistemas de pago por generación y que refleje el coste real, directo e indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, así como el mantenimiento de toda la infraestructura que necesita el servicio.

1,5 Millones de euros anuales

La normativa ordena que esa tasa sea diferenciada y no deficitaria, de modo que se tiene que repercutir íntegramente el coste total de estos servicios, una cifra que, en el caso del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, ascendió a 1,5 millones de euros el último año.

Todas estas imposiciones que llegan desde el Gobierno de España y la Unión Europa derivan en una tasa de basura que conllevará incrementos de más del 100% en los recibos, ya que se obliga al Ayuntamiento a distribuir los costes entre los contribuyentes, sin posibilidad de que la administración municipal asuma una parte.

Así, conforme a los estudios realizados por los técnicos municipales, en Arroyo se va a optar por un sistema tarifario acorde al nivel de producción de residuos estimado, tanto en las viviendas, como en los establecimientos en los que se realicen actividades económicas, de tal forma que el importe total recaudado por la nueva tasa compense los gastos derivados de la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos o asimilados a domésticos que se generen en el municipio.

Viviendas y despachos profesionales, parte fija y parte variable

En el caso de viviendas (y también de despachos profesionales), la cuota a pagar se compone de una parte fija que se genera por la propia prestación del servicio por parte del Ayuntamiento y una parte variable. Esta última va en función del consumo de agua registrado en 2024 y que se considera el indicativo más veraz para poder determinar cuántas personas viven en un inmueble, con independencia del número de empadronados que consten.

Con estos parámetros, se han establecido unas tablas y como ejemplo, aquellas viviendas y despachos que tengan un consumo de 0 m3 de agua, pagarán una tasa de 92,73 euros. La cuota para los que consumen 100 m3 de agua será de 124,29 euros y las que consuman 340 m3 de agua pagarán 200,05 euros. El Ayuntamiento de Arroyo remitirá la liquidación del tributo a los propietarios de las viviendas, establecimientos o locales (titulares catastrales), los cuales podrán repercutir, en su caso, las cuotas satisfechas sobre inquilinos o arrendatarios que son los usuarios del servicio de recogida transporte y tratamiento de residuos.

Locales comerciales, en función de su actividad y superficie

En el caso de los locales comerciales, las cuotas se establecerán en función de la actividad económica que se desarrolla en el local y la superficie del mismo. Con estos parámetros, se han establecido unas cuotas resultantes del estudio técnico-económico elaborado. Pongamos como ejemplo, locales de 100 m2, según la actividad pagarán lo siguiente:

•Centros oficiales, iglesias y depósitos de auga: 210,04 euros

•Centros de ocio, hospitales, residencias, salas de cine y discotecas: 384,91 euros

•Supermercados: 501,50 euros

•Restaurantes, centros educativos, call centers y hoteles: 676,38 euros

•Industrias y talleres y otros locales: 384,91 euros

•Actividades comerciales: 326,62 euros

Pago: en el tercer trimestre y con plan personalizado

La nueva tasa entrará en vigor el 1 de enero, previa aprobación por el Pleno y una vez se supere el periodo de alegaciones. El Ayuntamiento de Arroyo girará un único recibo en el tercer trimestre del año, si bien se podrá pedir un plan personalizado de pago para que el abono se lleve a cabo de dos veces, una opción que se debe solicitar en la Oficina Tributaria, tanto presencialmente en el Ayuntamiento (Plaza de España), como online a través de la sede electrónica (sede.aytoarroyo.es).

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