Ayudas para autónomos y empresas de Arroyo. Jota de la Fuente

El Ayuntamiento de Arroyo destinará 1.600.000 euros a ayudas a pymes y autónomos del municipio

Las dos últimas sesiones de la comisión se han centrado en las propuestas relativas a las Tasas Municipales, Impuestos y Ayudas a la actividad empresarial

Jota De la Fuente

Arroyo de la Encomienda

Viernes, 29 de mayo 2020, 13:23

La Comisión Especial Por Arroyo, presidida por el alcalde del municipio, Sarbelio Fernández, y de la que forman parte todos los grupos políticos con ... representación municipal, prosigue con el estudio de las propuestas presentadas por el equipo de gobierno y el resto de grupos municipales.

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Las dos últimas reuniones de la comisión especial se han centrado en el análisis de las propuestas a Tasas e Impuestos municipales y las ayudas económicas directas al tejido empresarial arroyano.

Ayudas económicas a empresas y autónomos por un importe de 1.600.000 euros:

•Convocatoria para gastos urgentes en medidas de protección y adecuación de locales con atención continuada al público. Importe 100.000 euros. Está prevista su aprobación en el Pleno convocado para el próximo 29 de mayo

•Convocatoria de ayudas para pymes y autónomos para gastos de funcionamiento Importe 1.500.000 euros

En cuanto al apartado de tasas municipales.

•Suspensión del cobro de la tasa ocupación de suelo público- terrazas 2020.

•Compensación de la cuantía de la tasa de basuras 2020 correspondiente a un trimestre.

•Suspensión del cobro de la tasa de carga y descarga.

•Eliminación de parte de los conceptos de la tasa de expedición de documentos.

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•Bonificaciones a pymes del 60% de la tasa por concesión de licencia ambiental y de apertura cuando al menos un tercio del personal con carácter de fijo indefinido plantilla, tenga alguna de las siguientes circunstancias:

1) Ser menor de treinta años y acceder al primer puesto de trabajo con carácter fijo.

2) Ser mujer y acceder al primer puesto de trabajo fijo.

3) Ser mujer y estar acogida a algún programa de protección de violencia de género.

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4) Ser mayor de 50 años y provenir del desempleo al menos con tres meses de antigüedad.

5) Padecer algún tipo de discapacidad en grado superior al 33%.

6) Ser drogodependiente en rehabilitación o ya rehabilitado

7) Ser ex presidiario y haber obtenido la libertad en un período anterior máximo de dos años.

En el apartado de Impuestos, la concejal de Hacienda ha expuesto el procedimiento para el aplazamiento, fraccionamiento y plan personalizado de pago de impuestos.

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Aplazamiento y fraccionamiento en periodo voluntario de pago: Importe total de la deuda a aplazar/fraccionar no inferior a 150 euros.

•Fraccionamiento: número máximo 12 fracciones, periodicidad mensual y un importe no inferior a 50 euros.

•Aplazamiento del pago en un máximo de 12 meses.

Aplazamientos y fraccionamientos en período ejecutivo de pago:

•Fraccionamiento número máximo 12 fracciones, periodicidad mensual y un importe no inferior a 30 euros

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•Aplazamiento del pago en un máximo de 3 meses.

Plan Personalizado de Pago de REVAL se trata de una modalidad que permite a cada obligado al pago realizar, mediante ingresos a cuenta de la deuda tributaria anual estimada, el pago correspondiente a los tributos de cobro periódico anual: IBI, IAE y IVTM. El importe total anual de la deuda tributaria de cada contribuyente no podrá ser inferior a 180 euros en periodo voluntario.

Bonificaciones en el Impuesto de Actividades Económicas:

Bonificación del 50% de la cuota correspondiente, para quienes inicien el ejercicio de cualquier actividad profesional durante los cinco años de actividad siguientes a la conclusión del segundo periodo impositivo de desarrollo de aquella.

Bonificación del 20% de la cuota tributaria a los sujetos pasivos que incrementen el personal de la plantilla de su empresa con contrato indefinido, con las condiciones que a continuación se indican:

I.- Que el incremento de personal con contrato indefinido sea superior al 25% del total de la plantilla.

II.- Que el promedio anual de la plantilla de trabajadores con contrato indefinido, sea superior al 60%.

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III.- Que realicen un contrato indefinido al menos a tres trabajadores pertenecientes a alguno de los siguientes colectivos: mujeres, mayores de cuarenta años, jóvenes menores de veintiséis años, discapacitados con minusvalía mayor al 33%.

IV.- Mantener durante el periodo de disfrute de la bonificación, la plantilla y promedios de contratos indefinidos del ejercicio en que se produjo el incremento que la motiva.

Bonificación del 20 por 100 de la cuota correspondiente, para los sujetos pasivos de cualquier actividad empresarial que se instalen en los Polígonos Industriales o Zonas reservadas a las actividades industriales en el P.G.O.U. e instrumentos que lo desarrollan.

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Bajar el tipo de gravamen del impuesto de plusvalía en 3 puntos.

Impuesto de construcciones, instalaciones y obras. Modificar la ordenanza municipal del Impuesto de Construcciones, instalaciones y obras, en el artículo 6 para incluir la bonificación de hasta el 95% para obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales y culturales de fomento de empleo (a partir de tres empleos, que deberán mantenerse al menos dos años), ejecutadas en suelo de uso destinado a actividades económicas por empresas de nueva creación, por traslado al término municipal y por ampliación o mejora de empresas con tramos por número de nuevos empleos contrataciones.

Empresas de nueva creación:

01. De 3 a 5 nuevos empleos ……………. 20%

02. De 6 a 10 nuevos empleos …………... 40%

03. De 11 a 20 nuevos empleos …………. 60%

04. Más de 20 nuevos empleos…………… 95%

Ampliación y mejora de empresas:

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05. De 5 a 15 nuevos empleos………….. 25%

06. Mas de 15 nuevos empleos ……..….. 55%

Traslado al término municipal:

01. De 3 a 5 empleos ……………. 15%

02. De 6 a 10 empleos …………..... 30%

03. De 11 a 20 empleos …………… 45%

04. Más de 21 empleos…………….. 60%

Medidas específicas sector COMERCIO y HOSTELERIA

Guía Comercial y Hostelera de Arroyo que recoja todos los establecimientos comerciales y hosteleros que por sus características sean considerados pequeño comercio y/o «comercio de proximidad» del municipio, clasificado por barrios y por sectores y actividades.

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Promoción del consumo en los establecimientos comerciales y hosteleros de Arroyo con distintas ofertas/bonos descuento en las compras o en actividades de entretenimiento y/o deportivas.

•Organización, en colaboración con los establecimientos comerciales y hosteleros y asociaciones representativas, de todo tipo de eventos de promoción, ferias, exhibiciones, …… tanto en espacios privados como públicos municipales facilitando la utilización de instalaciones municipales y espacios públicos.

Apoyo a la utilización por pequeños establecimientos comerciales y de proximidad de las nuevas tecnologías, ventas por internet y el servicio y el reparto a domicilio.

Puesta en marcha del sistema de pago mediante tarjetas monedero en coordinación con los programas sociales financiados por el ayuntamiento.

Ampliación excepcional de la superficie para la instalación de terrazas de uso hostelero

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